Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha Argelis José Rodríguez Arroyo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.967.948, natural del Guarataro, de 44 años de edad, nacido en fecha 30-07-1966, de profesión u oficio Pescador, residenciado en Puerto Caballo, Calle Los Jobos, Casa S/N, cerca del Colegio Puerto Caballo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Jesús Miguel Guerra Perdomo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.287.262, natural de Carúpano, de 20 años de edad, nacido en fecha 13-07-1990, de profesión u oficio comerciante, hijo d.....