DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVI RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN de PRESTACIONES SOCIALES DÍAS COMPENSATORIOS NO OTORGADOS Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por el ciudadano OMAR ENRIQUE AVILA SILVA, en contra de COMPAÑÍA ANONIMA CERVECERÍA REGIONAL, C.A., todos plenamente identificados en las actas procésales.
SEGUNDO: No procede la condena en costas del accionante por no devengar más de tres (3) salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.