Por las razones y consideraciones expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Niega la homologación presentada en fecha 23 de marzo de 2017, por la abogada María Mogollón, y Oriana Carrera, ampliamente identificadas en autos apoderadas judiciales de la pare actora y demandada respectivamente  Así se decide. 
La Juez.
Abg.- Carolina Chakian Mayarllan.
					El Secretario.
					Abg. Mario Montalván.