Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: La CONFESION FICTA de la Sociedad Mercantil CARABOBO CAR’S AUDIO, C.A, con Registro de Información Fiscal Nro. J406770370, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 23 de enero del 2015, bajo el Nro. 5, tomo 10-A, representado legalmente por el ciudadano WILLIAMS ALEXANDER URBANO RIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-20.497.679, parte demandada en la causa.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) incoada por el ciudadano ALEXANDER JAVIER HIDALGO BAQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.3.....