DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 23 de Septiembre del 2024, por la representación judicial de la parte opositora de la sentencia interlocutoria que decidió sobre la oposición al embargo ejecutivo dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta circunscripción Judicial de fecha 19 de Septiembre del 2024.
SEGUNDO: SE RATIFICA EL FALLO interlocutorio de fecha 19 de Septiembre de 2024, que declaró sin lugar la oposición a la medida cautelar planteada por la representación de la parte opositora, y como consecuencia de ello, se ratifica la medida decretada y ejecutada.
TERCERO: se condena en costas a la part.....