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Decisiones del dia 28/04/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP01-P-2004-110 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2004
Procedimiento:
Auto De Ejecución Y Cómputo
Partes:
PENADO: ELISEO ANTONIO CUICAS
Resumen:
El penado ELISEO ANTONIO CUICAS, entró detenido el 21/12/2003 y salió en libertad en fecha 16/02/2004, por lo que estuvo detenido por espacio de UN (1) MES y VEINTICINCO (25) DÍAS; faltándole en consecuencia por cumplir: CUATRO (4) AÑOS, CUATRO (4) MESES, ONCE (11) DÍAS y SEIS (6) HORAS. Ahora bien, a dicho penado le fue otorgada por el Tribunal de Control No. 3 de este Circuito Judicial Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo prevista en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal, en fecha 16/02/2004; razón por la cual este Tribunal ordena el CESE de dicha medida y ordena en consecuencia el ingreso del penado al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara; en virtud de que el penado no podrá optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por cuanto fue condenado mediante la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, y la pena impuesta excede de tres años. Todo de conformid.....
Juez/Ponente:
Alvaro Javier Guerrero Acosta
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : KP01-P-2003-278 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2004
Procedimiento:
Nuevo Computo Por Acumulacion De Penas
Partes:
PENADO: LEONARDO ANTONIO PEÑA SOTO
Resumen:
El penado LEONARDO ANTONIO PEÑA SOTO, fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal. Igualmente se evidencia que en el ASUNTO: KP01-P-2002-000367, fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, tipificado en el artículo 455 ordinal 3° en concordancia con los artículos 80 y 82 del Código Penal. Ahora bien, al sumar las dos penas, le daría un total de: CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN.- Consta en autos que el penado entró detenido por el ASUNTO: KP01-P-2002-367 el 02/04/2002 y salió en libertad el 04/04/2002, entró nuevamente en detención 14/11/2002 y salió en libertad el 18/11/2002; por lo que permaneció detenido por espacio de SEIS (6) DÍAS; entró nuevamente en detención por el ASUNTO: KP01-P-2003-278 el 06/02/2003 por lo que hasta la presente fecha lleva en detención: UN (1) AÑO, DOS (2.....
Juez/Ponente:
Alvaro Javier Guerrero Acosta
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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