III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesto por la ciudadana Giovanna S. Stefanelli Boggiano, titular de la cédula de identidad N° V-17.516.927, en su carácter de apoderada judicial INTERAMERICANA DE CABLES VENEZUELA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo el 14 de septiembre 2002, bajo el N° 60, Tomo 64-A y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30364069-9, con domicilio procesal en la Avenida Lisandro Alvarado, Sector la Florida, Zona industrial La Guacamaya, edificio CABEL, Valencia estado Carabobo en el recurso contencioso tributario con solicitud de suspensión de efectos introducido por ante este juzgad.....