Vista la Diligencia de fecha 23 de Mayo del año 2012, presentada por la Abogada: WALQUIRI ELENA ROMÁN GALICIA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 158.829, que riela al folio Diecinueve (19) del presente expediente, en la cual expone: "Solicito muy respetuosamente Copias Certificadas de los folios 1 y 13 y sus vueltos del expediente Nº 418-12 llevado por éste Despacho...". Quien aquí juzga con el carácter de JUEZ de este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y que con tal carácter suscribe el presente auto procede a tomar las siguientes consideraciones:
De la revisión exhaustiva de los autos se desprende que la Ciudadana Abogada WALQUIRI ELENA ROMÁN GALICIA, quien suscribe dicha diligencia, no está facultada para suscribir ningún acto sin la presencia de los solicitantes de Autos dentro del presente expediente, toda vez que no reposa en autos Instrumento- Poder alguno que la faculte, ya que la misma ha actuado siempre como Abogada a.....