DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de falta de cualidad de las demandantes, para intentar y sostener este proceso, opuesta por la parte demandada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la defensa de inexistencia del contrato de arrendamiento, opuesta por la parte demandada.
TERCERO: IMPROCEDENTE la defensa de la preferencia ofertiva opuesta por la demandada.
CUARTO: SIN LUGAR apelación interpuesta en fecha veintitrés (23) de febrero de dos mil diez (2010), por el ciudadano JOSÉ JAVIER RUMBAO asistido del abogado RAMÓN SUARSE GARCIA, ya identificados, en contra de la decisión pronunciada en fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil diez (2010), por el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripci.....