Dado que el Acusado  FREDDY LOPEZ manifestó a éste Tribunal su voluntad de acoger a la medida  alternativa  a la prosecución del proceso establecida en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal de la Suspensión Condicional del Proceso y admitió los hechos en este acto lo cual lo realizo a viva voz de manera espontánea y libre de toda coacción, apremio y  prisión, este Tribunal le cede la palabra a la Fiscalía del Ministerio Publico a los fines de que manifieste si se opone o no  sobre dicha solicitud, No tengo objeción. , a los fines de  que manifieste a este Tribunal  si  se encuentra de acuerdo  con la solicitud presentada por el ya acusado quien expone:" no me opongo a que se le acuerde dicha medida" QUINTO: Oído lo expuesto por el Acusado  FREDDY LOPEZ que admite los hechos y solicita la Suspensión condicional del Proceso a la Fiscalía del Ministerio Publico, a la victima ciudadana YERALDIN  FLORIAN GIL, este Tribunal Acuerda La Suspensión Condicional Del Proceso, al Ciudad.....