Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: MARÍA AGUSTINA GALENO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V- 10.722.140, inserta bajo el Nº 2.442, Folio 475 fte y vto del año 1.996, de los libros de Registro de Nacimientos llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare y Registro Principal del estado Portuguesa durante el referido año.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: MARÍA AGUSTINA GALENO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V- 10.722.140, ins.....