DISPOSITIVA:
Por razones antes expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Circuito Judicial  del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de regulación de jurisdicción,  interpuesto por la parte recurrente contra decisión de fecha 21/03/2019, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.  SEGUNDO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra decisión de fecha 21/03/2019, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se modifica el fallo recurrido. CUARTO: SIN LUGAR  falta de jurisdicción propuesta por la recurrente. QUINTO: se condena en costas a la parte recurrente.