CAPITULO III. PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), interpusiera el ciudadano RAFAEL JOSÉ OROPEZA, asistido por la abogada JOELIBETH GARCÍA, ambos anteriormente debidamente identificadas, contra el ciudadano JOSÉ CLEMENTE MARTÍNEZ.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO
DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTAD.....