Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA: LA CESACION DE LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDCUTA impuesta al joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA por los fundamentos de hecho y derecho establecidos anteriormente en consecuencia se acuerda solicitar autorización para su traslado a la jueza de Ejecución No.2 del Tribunal Penal del Circuito Judicial del Estado Barinas, para la notificación de la presente decisión para el día 13 de julio del presente año a las 11 a.m., así mismo se acuerda notificar al defensor público especializado, al Fiscal del Ministerio Público especializado, a las víctimas y oficiar al Equipo Multidisciplinario, de la presente .....