en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve declarar: Suficiente las diligencia promovidas y evacuadas a fin de otorgar TITULO SUPLETORIO a los ciudadanos JUANA COLUMBA FERNANDEZ DE VELIZ y DOMINGO ANTONIO VELIZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.030.296 y V-1.351.670, ambos de este domicilio, respectivamente y en el orden señalado; sobre unas bienhechurias fabricadas a sus propias y únicas expensas, construidas sobre un lote de terreno de su propiedad el cual le pertenece según documento debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Publico Inmobiliario del Municipio Montalbán del Estado Carabobo, bajo el N° 44, Protocolo Primero, Tomo primero, tercer trimestre de fecha 27 de Septiembre de 1988, ubicado en el Sector Sabaneta Norte calle el Bosque, sector la Montañita, signado con el N° 05, del Municipio Montalbán, del Estado Carabobo, dicho lote de terreno posee una su.....