PRIMERO: Con lugar la pretensión de nulidad de la Providencia administrativa Nº 1480, de fecha 17 de diciembre del año 2014, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara "Pedro Pascual Abraca ", que declaró con lugar el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, en el expediente Nº 013-2013-01-00112 intentado por la entidad de trabajo C.A Azúcar
SEGUNDO: Se ordena la inmediata desincorporación del ciudadano RONY GABRIEL LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula V-17.343.959 del cargo que venia ocupando en la sociedad mercantil C.A. AZUCA., una vez quede definitivamente firme la presente decisión.