Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: HOMOLOGA el Convenimiento celebrado entre el ciudadano FERMÍN VELÁSQUEZ SOLIS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-24.911.276, parte demandada, asistido por el Abogado NEPTALÍ OLVINO TOVAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 49.008 y las abogadas MARLENE CAROLINA RIERA JIMÉNEZ y GRACIELA LEÓN, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 181.563 y 207.329, respectivamente, actuando como apoderadas de la SOCIEDAD DE COMERCIO FRIGORÍFICO BORJAS C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha seis (06) de septiembre de 1994, bajo el número 5, Tomo 14-A, según se desprende.....