Estando fijada Audiencia Especial de Acuerdo Reparatorio para el día de hoy, presentes las partes y oídas las mismas, visto como ha sido que se dió cumplimiento a dicho acuerdo el ciudadano Juez decide. Se decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa en el presente asunto de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgáncio Procesal Penal. Quedan Notificadas las partes. Se dicto auto motivado.