Por razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA LAR-3-714, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, seguida a: EFRAIN NAVAS POR EL DELITO DE PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Codigo Penal vigente para la epoca. Líbrese boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público. Remítase las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación y archivo del mismo. Cúmplase.