Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la presente querella interdictal de Restitución por Despojo, presentada por LILIAM SOFIA DUM CARRILLO en contra del ciudadano HUGO RAMON DUM CARRILLO, ambos identificados. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.