En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte actora contra el auto del Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 07 de julio de 2017, el cual queda revocado. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado A quo, admita la demanda interpuesta por, PAEZ MARTINEZ EDWAR RAFAEL, y todos los restantes diecinueve (19) trabajadores identificados en el libelo de la demanda que encabeza estas actuaciones, en los términos del libelo y su subsanación. TERCERO: No hay imposición en costas dada la naturaleza de esta decisión.