Este Juzgado, que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el acuerdo alcanzado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se le insta a presentar las copias simples respectivas. Asimismo se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. Se ordenara el cierre y archivo del expediente, una vez conste en autos diligencia de la parte actora, ciudadano GREGORIO ARMANDO FUENTES TORRES, manifestando haber recibido los cheques anteriormente entregados a su apoderado judicial y su conformidad con el presente acuerdo.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA.....