- IV -
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por acción de POSESIÓN DE BUENA FE fuere ejercida por los ciudadanos NELSON BUSTAMANTE y KARIN DE BUSTAMANTE, contra los ciudadanos VÍCTOR MANUEL SIMOZA ABREU, EDUVIGES RAYMAR SIMOZA ABREU, RAQUEL OSIRIS SIMOZA ABREU, LAURA YARITZA SIMOZA ABREU, LAUREANO ALBERTO SIMOZA ABREU, RAMON ALBERTO SIMOZA ABREU e IVÁN AUGUSTO SIMOZA ABREU, todos plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.