En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara no ha lugar la impugnación del poder efectuada por la parte demandada INVERSIONES ENMANUEL CARAFRE C.A, contra el poder conferido por la parte actora José Argenis Mendoza Bonilla, a los abogados Argelia Lissett Molina Ruiz, Hermeli Enrique Legón Puerta y Arístides José Legón Puerta, en fecha 17 de agosto de 2021, bajo el No. 25, Tomo 36, ante la Notaría Pública Primera de Valencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello Estado Carabobo, a veintiocho días del mes de julio de 2022, siendo las 02:00 de la tarde. Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
Publíquese, regístrese, anótese en los libros respectivos y déjese .....