V
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala N°1 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: Declara CON LUGAR la primera denuncia del recurso de de apelación signado bajo el Nº DR-2023-000008, por falta de motivación interpuesto por los Abg. CARLOS EDUARDO GONZALEZ OLIVERO y YILIBETH ADELINA GARCIA RUIZ, actuando en su condición de defensa privada de los ciudadanos: ADRIAN GREGORIO CAMPOS TREJO y ANA CECILIA TREJO MENDOZA. SEGUNDO: ANULA de conformidad con los artículos 174 y 175 y 179 del Código orgánico procesal penal, en aras de garantizar la seguridad jurídica y el estado de derecho, el derecho a la defensa, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, decisión que declara s.....