Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
UNICO: NEGAR la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, solicitada por la parte actora ciudadano VICENTE EDUARDO STEPHESON SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.887.863, en su carácter de representante legal de la Asociación Cooperativa de Vivienda Desarrollo Habitacional R.L (COODEHAB), asistido por el abogado ORLANDO PADRON GUEVARA, en su escrito libelar.