Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar interpuesta por el abogado ISAAC NIEVES LUY, obrando con el carácter de apoderado judicial de la empresa EURO IMPACTO C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia N° 1324-05, dictado en fecha 18 de octubre de 2005, por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador.