Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados MAX ENRIQUE VALDIVIESO ARANDA y ARGIMIRO SIRA MEDINA, apoderados judiciales del ciudadano ALSINO MARCOS FUENTES RIQUELME, antes identificados, contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES