Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado ISILIO JUNIOR MANZANILLA VITOLA, de nacionalidad venezolana, natural Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° V-17.292.501, fecha de nacimiento 02-11-83, de 24 años de edad, hijo de Isilio Antonio Manzanilla y Teresita Vitola, residenciado en Sector Panamericano, Barrio Silvestre Manzanilla, calle 90 con Avenida 60, Nº 60A-201, Maracaibo, Estado Zulia; condenado por el Juzgado Séptimo en funciones de Juicio de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, ordinales 5° y 6° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano GIOVANNY RAFAEL PULGAR ESCALONA, a cumpli.....