V
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide y declara:
Confirmar el fallo dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 03 de mayo de 2004 declarando Sin Lugar la acción por cobro de Bolívares e indemnización por daños y perjuicios, formulada por la empresa CARRAMORSO CONSTRUCCIONES C.A. en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes y al Fiscal General de la República.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año dos mil nueve (2009).
La Juez
Abg. .....