Decisiones del dia 28/09/2009
N° Expediente :
AP21-L-2008-003141
N° Sentencia :
Fecha: 28/09/2009
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: IRAIDA PINO VS C.A. DAYCO DE CONSTRUCCIONES
Resumen:
En este orden de consideraciones, las partes (IRAIDA PINO, debidamente representada por el abogado ADOLFO ARIAS, debidamente identificados en autos y C.A. DAYCO DE CONSTRUCCIONES ), manifiestan haber llegado a un convenimiento parcial con respecto a la ciudadana IRAIDA PINO cédula de identidad NºV-11.937.061; y se verifica que los presentes poseen facultad expresa para convenir, tal como se desprende de los instrumentos poderes y autorización, que cursa en autos; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho convenimiento parcial, cuyo monto es por Bs.F.17.661,08; a cuyos efectos se ordena agregar a los autos en dos (02) folios útiles, copia simple del instrumento valor mediante el cual se da cumplimiento al convenimiento parcial y detalle de los conceptos que vinculan al convenimiento parcial: antigüed.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
N° Expediente :
AP31-M-2009-000761
N° Sentencia :
Fecha: 28/09/2009
Procedimiento: Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes: DEMANDANTE (S): FUERZA PARA CRECER, A.C., DEMANDADO (S):BEERNARDO ORTEGA VILLAR
Resumen:
Por lo que este Tribunal considera, que siendo el procedimiento intimatorio un procedimiento ejecutivo, ya que se encuentra en el libro cuarto, titulo II, de los juicios ejecutivos, a los fines de que el Tribunal admita la demanda, deben estar llenos los extremos de Ley, toda vez, que admitida la demanda, el Juez esta obligado a decretar la medida preventiva de conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil.
Por lo que al demandarse una cantidad de dinero que no es liquida y exigible, siendo este un requisito para tramitar una demanda por el procedimiento monitorio, es por lo que de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, niega la admisión de la demanda intentada por FUERZA PARA CRECER A.C. contra BERNARDO ORTEGA VILLAR por COBRO DE BOLIVARES (procedimiento intimatorio)
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AH51-X-2009-000231
N° Sentencia :
PJ0132009001285
Fecha: 28/09/2009
Procedimiento: Divorcio
Partes: CLARET DEL VALLE MAICANO CABELLO VS JOSE WILFRIDO AVILA
Resumen:
Se fijó como Obligación de Manutención Provisional la cantidad de MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.935,oo), equivalente a DOS (02) salarios mínimos tomando como base el salario mínimo urbano mensual establecido por el Ejecutivo Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el cual equivale actualmente a la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs F. 967,50); que deberá ser descontada directamente de la nomina por el Departamento de Recursos Humanos del Banco Central de Venezuela, al ciudadano JOSE WILFREDO AVILA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.487.940, y remitir a este Tribunal, en cheque a favor de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, la cual se aplicará hasta que concluya el presente juicio
Juez/Ponente:
Jaizquibell Quintero Aranguren
Organo:
Sala Décimo Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP31-V-2009-002346
N° Sentencia :
Fecha: 28/09/2009
Procedimiento: Resolución De Contrato
Partes: DEMANDANTE (S): BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, DEMANDADO (S):MARIA FARIA DAMONTE
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal se allana y asume el referido criterio casacionista, y aplicándolo al caso de marras se evidencia que, desde le auto de admisión de fecha 21/07/2.009, la parte actora no cumplió con la carga de aportar los medios y recursos para el traslado del Alguacil a practicar la citación de la parte demandada, en tal sentido, de conformidad con la sentencia citada, en el presente caso ha operado de pleno derecho la Perención Breve de la Instancia.
Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, produciéndose en consecuencia, los efectos indicados en el artículo 271 ibidem.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio