DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Paúl Cordido Useche, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.894, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa "VENEGIROS CASA DE CAMBIO, C.A., en contra de la Providencia Administrativo Nº 208606, de fecha 08 de agosto de 2006, emanado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano MARCO ANTONIO PÉREZ PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.821.634.
SEGUNDO: DECLINA la competencia en los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de l.....