Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le concede la ley, se declara incompetente en el juicio por Cumplimiento de Contrato, interpuesto por la Sociedad Mercantil DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES C.A (DIANCA), contra Sociedad Mercantil SHIPPING OPERATIONS SERVICE INS C.A, propietaria del Buque M/N "CONOMA" En consecuencia, declina la competencia en razón de la materia, ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia. Déjese transcurrir el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Puerto Cabello a los veintiocho días del mes .....