Por los antes expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, el desistimiento de la acción realizado por el abogado ALIRIO PALENCIA, en su carácter de apoderado de la parte actora, SOCIEDAD IRREGULAR KOMESA S.R.L., y de los ciudadanos ARTURO MEZA y EDWARD EMIRO KOVINS, por cuanto quien desiste tiene plenas facultades para hacerlo, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se ordena el archivo del expediente. ASI SE DECIDE.
Déjese copia certificada en el archivo de la presente decisión.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIO.....