En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto (5°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18 de marzo de 2025, por el abogado NELSON GONZÁLEZ, en su carácter de apoderado judicial de los Terceros Beneficiarios del Acto Administrativo, ciudadanos OSCAR ENRIQUE MEZONES y VICENTE EMILIO GONZÁLEZ GIL, contra la sentencia de fecha 01 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: Se confirma en toda y cada una de sus partes el fallo apelado; TERCERO: CON LUGAR LA COSA JUZGADA en el presente expediente; CUARTO: SE ANULA la Providencia Administrativa Nº 0750-09, de fecha 27 de octubre de 2009, la cual guarda relación con el expediente admini.....