Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 28 de marzo de 2008, por el abogado Franklin Amaro Duran, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 24 de marzo de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Se declaró SIN LUGAR la acción de divorcio. Se condenó en COSTAS de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 281 del CPC. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 eiusdem.