este Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA las transacciones celebradas entre los ciudadanos JORGE JIMÉNEZ, y DANILO RINCÓN y la empresa SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A. en los mismos términos y condiciones en ella establecidos este despacho y da por terminado la oferta real presentada a favor de la mencionada ciudadana.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez
Abg. Marylent Lunar