TERCERO: De lo anteriormente expresado, este Juzgado pasa a verificar en los medios informáticos propios del tribunal, y del sistema Juris 2000, la existencia del expediente No.GP02-L-2012-000980, en la cual el Tribunal 11° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, efectivamente dicta sentencia interlocutoria en la cual declara desistido el procedimiento, en atención a la incomparecencia de la parte actora MACARIO PEROZO, en fecha 25-09-12, a la PRIMIGENIA de la Audiencia Preliminar, que debía celebrarse ese día, siendo las partes en dicha causa: MACARIO PEROZO vs SERENOS LOS ANDES, C.A. por prestaciones sociales, es decir las mismas partes y el mismo motivo objeto de la presente causa.
CUARTO: De lo anterior se desprende, que si la presente demanda (Expediente GP02-L-2012-002061), fue presentada en fecha 05-10-12, es evidente que la misma fue interpuesta de forma extemporánea, sin dejar transcurrir el lapso aplicable de NOVENTA (90), días .....