Prueba de Informes
En relación con la Prueba de Informes solicitada a la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, debe este Juzgado NEGAR SU ADMISION por cuanto la requerida de informes no es en ningún modo un TERCERO AJENO AL PROCESO, antes bien se trata de la misma parte demandada. En tal sentido debe recordarse que la prueba de informes excluye expresamente la posibilidad que en su solicitud se encuentren obligadas las personas naturales y mucho menos personas jurídicas de carácter público o privado en el cual se confunda con el carácter de sujeto procesal en sentido estricto,
A tal respecto, debe abonarse la norma procesal que informa sobre quienes son los sujetos legitimados pasivos de dicho medio de pruebas, a saber:
Artículo 81(LOPTRA). "Cuando se trate de hechos que consten en documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en oficinas públicas, bancos, asociaciones gremiales, sociedades civiles o mercantiles e instituciones similares, que no sean parte e.....