Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad, interpuesta por el ciudadano MAXIMILIANO BANDRES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 9.411.844, en su carácter de Director de la sociedad mercantil CENTRO DE ESTUDIOS TOMÁS ALVA EDISON, C.A., en contra del acto administrativo contenido en la Resolución Nº DA- J- SEMAT- 2011- 046, de fecha 18 de octubre de 2011, emanado del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT) de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer de la presente causa en los Juzgados Superiores de lo Contencioso Tributarios de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas al cual corresponda previa su distribución.