PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE OBRA, incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES PG-3050 C.A., contra la empresa INDUSTRIAS ALVACON, C.A.
SEGUNDO: De conformidad con lo señalado en las cláusulas décima octava y vigésima del plurimencionado contrato se condena a la parte accionada reconviniente a cancelar las sumas de:
• ONCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 11.691.672,00) por concepto de corte aplicado a las sumas de dinero que entregara la actora el dos (02) de septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), para la adquisición de la totalidad de los materiales requeridos para la ejecución de la obra.
• CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 4.191.840,00), por concepto de daños y perjuicios previstos en la celebración del contrato, calculados desde la fecha de su vencimiento.
Cantidades que serán calculas mediante experticia complementaria del fallo, de conformi.....