este Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de juicio en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. El oficio al Ivss será librado por separado. Asimismo, las copias certificadas solicitadas por la parte demandada serán expedidas, previa consignación de las copias simples ante la URDD. Una vez conste en autos el pago ofrecido se ordenará el cierre y archivo del expediente. Es todo. Terminó. Se leyó y Conformes firman: