Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Accidente Laboral, interpuesta por la ciudadana YAJAIRA MARCOLINA ARRAEZ DE ZAMBRANO plenamente identificada en autos, contra la Entidad de Trabajo CENTRAL MADEIRENCE, C.A. plenamente identificada en autos y consecuencialmente, se condena a esta última, a cancelar al actor los siguientes monto y conceptos: 1) La cantidad de TREINTA Y OCHO BOLIVARES DIGITALES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.D. 38,88), por concepto de la indemnización prevista en el ordinal 5 del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo; 2) La cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES DIGITALES CON CERO CENTIMOS (Bs.D 300.000,00), por concepto de daño moral por res.....