´este Juzgado ordena el LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 12/05/2025 con oficios Nos. 2025/235 y 2025/236, la cual recayó sobre los inmuebles ubicado en la carrera 25 entre calles 8 y 9, Parroquia catedral de Municipio Iribarren del estado Lara, cuyas características especificaciones y linderos se encuentran descritos en el documento inscrito en el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara bajo el Numero 2014-223, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el N° 362112111401 de fecha 06-03-2024 y de un inmueble ubicado en la Av. La Montañita Zanjón Colorado Municipio Palavecino Parroquia José Gregorio Bastidas, Identificado con el N-2 el cual se encuentra registrado por ante el Registro Publico del Municipio Palavecino bajo el Nro. 75 libro 2do folios 165 vto al 167 protocolo 1ero, de fecha 26-11-1976, trimestre 4to.´