La Corte se declaró COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta contra el que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional propuesta; SIN LUGAR la misma; y CONFIRMA el dispositivo del fallo de fecha 19 de julio de 2004 dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, en los términos expuestos en la presente sentencia.