En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda: Y condena a la Empresa Hacienda "La Represa" al pago de la diferencia consistente en TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 3.024.054,04), una vez descontadas las cantidades de BOLIVARES SETECIENTOS MIL (Bs. 700.000.00) como adelanto de las Prestaciones Sociales como riela al folio 36 y BOLIVARES DOSCIENTOS SETENTA MIL (Bs. 270.000.00) por cancelación de la semana atrasada segun riela al folio 37;se ordena el calculo de las indexacion mediante un experto contable aportado por la parte demandante y los intereses establecido en el articulo 108 de la Ley Organica del Trabajo, no se condena al costo y costas por no haber salido totalmente perdidosa la parte demandada.
Notifiquese a las partes de conformidad con lo establecido en el articulo 251 del Código de Procedimiento Civil, por haber salido fuera de lapso.
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