Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Sharine Fernández, actuando como apoderada judicial de la "FUNDACIÓN PARA EL TRANSPORTE POPULAR EN EL ESTADO MIRANDA (FUNTRAPEM)", contra la Providencia Administrativa Nº 418-2004 dictada en fecha 24 de agosto de 2004 por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro, Los Teques, Estado Miranda, en la que declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano LUIS ENRIQUE OROPEZA contra la Fundación Para el Transporte Popular en el Estado Miranda.