Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano TEMISTOCLES ENRIQUE DELGADO CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.750.405, asistido por el abogado ASDRUBAL JOSÉ NUÑEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V- 7.111.707, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 86.933, contra la COMISIÓN LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA DEL ESTADO YARACUY.