Habiendo transcurrido el lapso establecido en la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en su primer aparte, este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de separación de cuerpos, formulada por los ciudadanos MARIA DE LOURDES SERUR COHEN y EDWIN ALBERTO DUARTE BUSTOS, ut supra identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial que los une y contraído en fecha 15 de enero de 2.009, por ante la Alcaldía del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, Registro Civil de la Parroquia Morón, según consta de Acta de Matrimonio emanada por ante la Oficina de Registro Civil Morón, de la Alcaldía Bolivariana del Estado Carabobo, inserta el folio tres (03) de la presente solicitud signada bajo el Nro. de expediente 4480.-
Disuélvase la comunidad conyugal.-
Publíquese y déjese copia.-
Dada, sellada y firmada en la Sala.....