Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado en ejercicio Juancarlos Querales, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil TRANSPORTE MARÍTIMO MAERSK VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha cuatro (4) de octubre de 2012.
TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la sociedad mercantil TRANSPORTE MARÍTIMO MAERSK VENEZUELA, S.A., por haber resultado vencida en la incidencia, al declararse sin lugar la apelación, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.